Martes, Agosto 25, 2026
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Graves falencias detecta auditoría a funcionarios de honorarios en Hospital El Carmen de Maipú

Informe detecta fallas en contratos, control interno y uso de recursos en el Hospital El Carmen de Maipú

Un informe de auditoría encendió alertas sobre el funcionamiento interno del Hospital El Carmen de Maipú, tras detectar múltiples debilidades en la contratación de personal a honorarios, incumplimientos normativos y riesgos en el uso de recursos fiscales.

La auditoría concluyó que el sistema que controla a los trabajadores a honorarios es débil, desordenado y poco transparente

El informe realizó un muestreo de convenios a partir de las tres modalidades de contratación a honorarios:

a) Contrato a Honorarios por Hora

b) Contrato a Honorarios PxQ (por producción):

c) Contratos a Honorarios Permanente

Desorden y problemas de gestión que afectan el presupuesto

El informe indica que el sistema “opera sin los controles mínimos necesarios, con incumplimientos normativos relevantes y con riesgo significativos de uso inadecuado de recursos fiscales”.

Se trata de una auditoría a los Honorarios a suma alzada del Hospital EI Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada (Resolución Exenta Nº 1351).

La investigación realizada por el Servicio de Salud Metropolitana Central buscaba evaluar

1️⃣ El cumplimiento normativo en materia de contratación a honorarios
2️⃣La Ejecución del presupuesto asignado por la dirección del hospital.

En términos generales, el informe da cuenta de un problema estructural en el sistema de contratación a honorarios del hospital.

Las debilidades detectadas, sumadas a los incumplimientos normativos y riesgos en el uso de recursos públicos, evidencian la necesidad de cambios profundos en la gestión interna del recinto.

Sueldos sobre límite legal y cuestionamiento a compras públicas

Entre los puntos más controvertidos se detectaron sueldos de funcionarios a honorarios sobre los límites legales.

“El valor máximo por hora asciende a $50.000 para los anestesiólogos. Si dicho valor se proyecta a una jornada de 44 horas semanales, el honorario mensual resultante es de $9.460.000, cifra que excede el límite máximo de $4.590.682 establecido para un profesional con título de al menos 8 semestres y con 10 0 más años de experiencia, según el Instructivo Presidencial Nº 1.”, indica el documento a modo de ejemplo.

Para los fiscalizadores, “eI pago de honorarios por sobre los límites normativos implica un mayor gasto para el HEC, sin justificación reglamentaria”.

También se constató que el hospital no aplica la Ley Nº 19.886 de Compras Públicas en la contratación de servicios médicos bajo la modalidad “precio por producción” (PxQ).

Pese a que dichos convenios corresponden a la adquisición de servicios profesionales específicos prestados a honorarios,

De acuerdo con el artículo 10 de la Ley Nº 19.886, los contratos destinados a la provisión de servicios necesarios para el cumplimiento de las funciones institucionales se encuentran afectos a dicha normativa, sin distinguir si el proveedor es una persona natural o jurídica.

No obstante, en el hospital han tratado estos convenios como si fueran de “naturaleza laboral”, omitiendo de esta manera la aplicación del marco regulatorio correspondiente a las compras públicas.

En consecuencia, dice el documento, el hospital “debe ajustar la contratación de servicios médicos PxQ [por producción] a los procedimientos establecidos en la Ley Nº 19.886, considerando además los dispuesto en su artículo 35 quáter, que prohíbe la contratación de servicios con personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior que intervenga en el proceso de contratación, así como con funcionarios directivos hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y con aquellos que participen directamente en dicho procedimiento”.

En la práctica, esto vulnera “los principios de igualdad, libre competencia y probidad, al no someter las contrataciones PxQ a procedimientos competitivos o abiertos”, abriendo riesgos a posibles conflictos de intereses y debilitando la transparencia de los procesos.

Discrepancia en boletas: 114 millones de pesos “perdidos” y pago de boletas anuladas

Los fiscalizadores revisaron los registros del Servicio de Impuestos Internos (SII) entregado por el hospital, respecto de las boletas a honorarios emitidas a nombre del establecimiento.

Tras este análisis, encontraron una diferencia de $114.408.198 de retención de impuesto no pagada a la Tesorería General de la República.

Esto ya que existen boletas en estado Vigente en el SII que no han sido pagadas al prestador por parte del hospital.

A la fecha informe (diciembre 2025), no se entregaron mayores explicaciones al respecto.

En el siguiente cuadro se presenta detalle mensual de enero a octubre de 2025, en cuanto at monto de la Retención de Impuesto:

Estas diferencias se vendrían arrastrando desde el año 2019, lo que conlleva multas, como la consignada en marzo de 2024 por 329.658 por concepto de Declaraciones Juradas a terceros de boletas emitidas, cuyas retenciones no fueron declaradas ni pagadas.

Como colmo, la multa no fue contabilizada ni gestionada por el establecimiento.

En esta misma línea, también se detectaron diez boletas de honorarios con solicitud de anulación en el SII que fueron pagadas a los prestadores por 10 millones de pesos.

Se trata en total de 14 hallazgos de este tipo que revelan desórdenes e irregularidades en los distintos tipos de prestaciones a honorarios.

La auditoría señala, finalmente, que es imperativo aplicar cambios urgentes, para fortalecer el marco normativo interno, garantizar el cumplimiento de la legislación vigente y establecer “controles efectivos que aseguren una administración eficiente, transparente y regular de los contratos y pagos a honorarios”.

Revisa aquí el informe completo:

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